Obligación de declaración de bienes y derechos en el extranjero (modelo 720)
En contestación a diversas cartas de denuncia, la Comisión Europea ha manifestado la potencial vulneración de la libre circulación de capitales por la legislación española que obliga a declarar bienes y derechos en el extranjero . En concreto, la Comisión cuestiona el régimen sancionador vinculado al incumplimiento de la obligación y la imprescriptibilidad de la obligación tributaria de pago del IRPF y del IS en relación con las ganancias no justificadas de patrimonio que se presumen cuando la obligación resulta incumplida. Por ello, la Comisión ha anunciado la posible apertura de un procedimiento de infracción contra España. Los argumentos que la Comisión anuncia, sin embargo, no son los únicos de Derecho de la UE que existen, ya que la citada obligación también podría, por otras causas que la Comisión no apunta, vulnerar el Derecho primario de la UE así como las Directivas aplicables o los acuerdos equivalentes con terceros Estados. A estos efectos, debe subrayarse que la libre circulación de capitales y algunas de las Directivas o acuerdos equivalentes pueden producir efectos en relación con terceros países de fuera de la UE como, por ejemplo, Suiza. En este sentido, los contribuyentes frente a quienes se abran procedimientos en España relativos a la obligación de declarar bienes y derechos en el extranjero o inspecciones en las que esta normativa sea de aplicación deberán estar atentos a los argumentos de Derecho de la UE que pueden emplear frente a la Administración tributaria española.
Adolfo Martín Jiménez, marzo de 2015.