La Comisión Europea propone el régimen definitivo de IVA paras las operaciones transfronterizas intra-UE 9 octubre 2017
La Comisión Europea propone el régimen definitivo de IVA para las operaciones transfronterizas intra-UE
La Comisión Europea ha publicado su anunciada propuesta de régimen definitivo de IVA para los intercambios transfronterizos de bienes que se producen entre empresarios en el interior de la UE. El paquete legislativo propuesto sigue las pautas y el calendario fijado en su Plan de Acción de abril de 2016. Consta de una Comunicación explicativa, una propuesta de reforma de la Directiva IVA, otra de su Reglamento de aplicación y, por último, otra que reforma el Reglamento que regula la cooperación administrativa en el ámbito del IVA.
La Comisión considera que la mejor opción para reducir las altas cifras de fraude y para simplificar la tributación de este tipo de operaciones es que el proveedor repercuta un IVA al tipo de gravamen aplicable en el Estado de destino del cliente. Se acabaría así con el llamado “régimen transitorio”, basado en la exención de las entregas intracomunitarias y la tributación de las adquisiciones intracomunitarias. En el nuevo “régimen “definitivo”, el proveedor sólo tendría que relacionarse con su Administración nacional, ya que se aplicaría un sistema de ventanilla única, similar al existente para los servicios electrónicos. Está previsto que en el futuro este régimen se aplique también, con carácter general, a los servicios transfronterizos.
Como novedad relevante la propuesta introduce la figura del “obligado tributario certificado”, similar al operador económico autorizado existente en el derecho aduanero. Este estatuto puede obtenerse cuando el obligado tributario no tenga antecedentes de infracciones tributarias, disponga de un sistema de control en sus transacciones comerciales que facilite su comprobación por las autoridades tributarias y, además, demuestre cierta solvencia financiera. Este tipo de obligados tributarios se beneficiarían de algunas simplificaciones y podrían aplicar un régimen de inversión del sujeto pasivo en sus adquisiciones intra-UE. Se prevé la modificación del sistema VIES para que los operadores económicos y las autoridades tributarias puedan verificar al instante qué sujetos gozan de este estatuto especial.
Estos serían los pilares fundamentales del nuevo régimen, que se prevé que entre en vigor en el año 2022. Junto a ellos, la Comisión Europea ha propuesto también una serie de “arreglos rápidos” que simplifican o aclaran ciertos aspectos del régimen de estas operaciones. Estas medidas más urgentes se aplicarían junto con las disposiciones referidas a los obligados tributarios certificados a partir del año 2019. Por último, se anuncia para el año 2018 otra propuesta de reforma de la Directiva IVA para ultimar los aspectos técnicos del nuevo régimen.
Francisco M. Carrasco González (octubre de 2017).