Hoja de ruta del Plan BEPS en la UE durante la Presidencia holandesa
El 19 de Febrero de 2016 se publicó en la página web del Consejo de la UE la hoja de ruta de la Presidencia holandesa para ejecutar el Plan BEPS de la OCDE en la UE. Esta hoja de ruta divide el trabajo y las acciones en dos momentos:
1. Acciones a corto plazo:
– Directiva intereses y cánones: Se tratará de alcanzar un acuerdo sobre la cláusula de imposición efectiva teniendo en cuenta dos opciones que se barajaron durante la Presidencia Luxemburguesa, la referencia al tipo impositivo o el tipo combinado con un test de actividad económica, pero garantizando que la cláusula no genera inseguridad y resulta práctica, sin tener lagunas. En esta línea, una referencia al ‘modified nexus approach’ de la Acción 5 de BEPS podría ser explorada.
– Directiva anti-abuso (de ejecución, con peculiaridades, de varias acciones del Plan BEPS): Se compromete a impulsar el acuerdo político sobre la Propuesta de la Comisión de 28 de enero de 2016 antes del final de la Presidencia.
– Directiva sobre información país por país (acción 13 BEPS): La Propuesta de reforma de la Directiva sobre Cooperación Administrativa que la Comisión presentó el 28 de enero de 2016 para armonizar la aplicación de la obligación de información país por país (CbCB) en la UE se prevé que sea aprobada al final de este período, aunque se dará prioridad a la misma para que el acuerdo político se alcance a muy corto plazo.
– Grupo del Código de Conducta en materia de fiscalidad empresarial: Sin ser una prioridad, ya que la tienen las propuestas legislativas sobre las de ‘soft-law’, según el mandato del Consejo, la Presidencia trabajará en la reforma de la transparencia, gobernanza y visibilidad del Grupo, una de sus grandes deficiencias hasta ahora. Un acuerdo sobre el nuevo mandato del Grupo se prevé para el final de la Presidencia, orientando sus trabajos hacia el concepto de que los beneficios empresariales estén sujetos a un cierto nivel de imposición efectiva en la UE. La labor de este Grupo en la Presidencia holandesa, como se verá más abajo, es más relevante de lo que parece.
– Instrumentos híbridos: Tras el acuerdo en el seno del Grupo del Código de Conducta sobre entidades híbridas en situaciones que afectan a terceros países de noviembre de 2015, la Presidencia espera que, hacia el final de su mandato, el citado Grupo apruebe la guía y notas explicativas sobre establecimientos permanentes híbridos en situaciones que afectan a terceros Estados.
– “Patent Boxes”: El grupo del Código de Conducta continuará monitorizando estos regímenes y el desmantelamiento y reforma de los que no cumplan los criterios de la Acción 5 del Plan BEPS de la OCDE (‘modified nexus approach’).
– Buena gobernanza fiscal en terceros Estados: La Presidencia impulsará estos trabajos con vistas a alcanzar conclusiones en el seno del Consejo relativas a la Comunicación de la Comisión de 28 de enero de 2016 sobre estrategia exterior para la imposición efectiva.
– Cuestiones relativas a BEPS que afectan a los Convenios de Doble Imposición: Se prevé sólo un intercambio de opiniones en el seno del Grupo de Trabajo de Alto Nivel en materias Fiscales relativas al instrumento multilateral que impulsa la OCDE como consecuencia de la Acción 15 de BEPS y de la Recomendación de la Comisión en esta materia de 28 de enero de 2016.
2. Acciones a medio plazo:
– Precios de Transferencia: Se coordinarán los trabajos de la UE con los de la OCDE en esta materia (especialmente las acciones 8 a 10 del Plan BEPS) en línea con las prioridades fijadas por el Consejo de la UE. Tanto el Grupo del Código de Conducta, que se encargará de la elaboración de una guía en la materia, como el Foro Conjunto de la UE en materia de Precios de Transferencia participarán en estos trabajos.
– Pagos hacia el exterior: El Grupo del Código de Conducta comenzará sus trabajos en esta materia.
– Revelación de esquemas de planificación fiscal agresiva: El Grupo del Código de Conducta valorará si es necesaria una guía en la UE sobre la ejecución de la acción 12 del Plan BEPS de la OCDE que facilite el intercambio de información entre las autoridades tributarias.
– Beneficiario efectivo de las entidades no transparentes: La Presidencia impulsará discusiones sobre la conveniencia de que las autoridades fiscales tengan acceso al registro previsto en la 4ª Directiva sobre Blanqueo de Capitales (art. 29-30), que entró en vigor en junio de 2015, a fin de que intercambien información, aprovechando también el Plan de Acción de la Comisión en materia de lucha contra la financiación del terrorismo (2 de febrero de 2016).
– Resolución de disputas en materia de precios de transferencia: El grupo de Alto Nivel discutirá el estado de la cuestión en conexión con el Convenio de Arbitraje (90/436/CEE) en esta materia.
– Condiciones y reglas para la emisión de ‘tax rulings’: El Grupo del Código de Conducta desarrollará una guía en la materia.
Conclusiones: La Hoja de Ruta de la Presidencia holandesa está en línea con las Conclusiones del ECOFIN de 8 de diciembre de 2015 y es claramente ambiciosa. Llama la atención que ni siquiera mencione la base imponible común consolidada en el IS, aunque su impulso está previsto desde el ECOFIN citado para fases posteriores. La Hoja de Ruta confirma que las empresas y también los terceros Estados deberán estar atentos a los cambios en el panorama legislativo y de ‘soft-law’ de la UE, ya que pueden tener un gran impacto sobre ellos.
Adolfo Martín Jiménez, marzo de 2016.