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UniversidaddeCádiz
Cátedra Jean Monnet Efecto del Derecho Tributario de la UE
noticia

Asuntos de fiscalidad directa a abordar durante la presidencia maltesa del Consejo europeo: reforma de la Directiva anti-abuso 8 marzo 2017

Asuntos de fiscalidad directa a abordar durante la presidencia maltesa del Consejo europeo: reforma de la Directiva anti-abuso

Asuntos de fiscalidad directa a abordar durante la presidencia maltesa del Consejo europeo: reforma de la Directiva anti-abuso

Atendiendo al programa publicado en su web (disponible en www.eu2017.mt/en/Documents/NationalProgramme_EN.pdf), durante el periodo de Presidencia maltesa del Consejo Europeo debieran abordarse a nivel UE varios asuntos de fiscalidad directa: Reforma de la Directiva anti-abuso (ATAD), relanzamiento del proyecto de Base común consolidada, propuesta de un mecanismo de resolución de conflictos, etc.

En relación con el primero de estos asuntos, el pasado 21 de febrero de 2017 el Consejo alcanzó un acuerdo para modificar la ATAD en lo que se refiere a asimetrías híbridas con terceros países, i. e. tratar de evitar los efectos perniciosos de los mecanismos híbridos asimétricos cuando los mismos son consecuencia de la interacción con regímenes de Impuestos sobre Sociedades de Estados no miembros de UE. La propuesta de modificación de la Directiva puede encontrarse en https://data.consilium.europa.eu/doc/document/ST-6595-2017-INIT/es/pdf.

Los mecanismos híbridos que se contemplan en la propuesta de Directiva del Consejo Europeo coinciden grosso modo con aquellos recogidos en la propuesta de Comisión Europea a idénticos efectos -SWD (2016) 345 final, documento disponible en https://ec.europa.eu/taxation_customs/sites/taxation/files/com_2016_687_en.pdf -, si bien, la propuesta del Consejo Europeo va mas allá y añade ex novo nuevas categorías de mecanismos híbridos que van a significar una extensión del ámbito de aplicación ATAD en esta materia.

El plazo para trasponer la Directiva que modifica la ATAD finaliza el 31 de diciembre de 2019 para entrar en vigor el 1 de enero de 2020 -excepción del mandato del artículo 9 bis para cuya transposición se dispondrá de dos años más-.

Finalmente, como se reconoce en el Preámbulo de la Directiva que modifica la ATAD, esta iniciativa es coherente con (“y no menos eficaz que“) el informe BEPS de la OCDE sobre mecanismos híbridos asimétricos.

Alfonso Sanz Clavijo, marzo de 2017.